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Me aplazaron la cirugía: qué puedo hacer

Si tu médico ya ordenó una cirugía y la EPS la sigue aplazando sin darte una fecha concreta, no tienes que resignarte a esperar indefinidamente. Esto es lo que dice la ley y qué puedes hacer, paso a paso.

Lo esencial en una línea

Cuando un médico ordena una cirugía, la EPS debe programarla y realizarla en un plazo razonable. Los aplazamientos repetidos sin fecha concreta son, por sí solos, una vulneración de tu derecho a la salud que puedes reclamar mediante una acción de tutela.

Qué dice la ley

En Colombia la salud es un derecho fundamental, no un servicio comercial que la EPS pueda administrar a su conveniencia. Así lo estableció la Ley 1751 de 2015 (Ley Estatutaria de Salud), y esto tiene tres consecuencias muy concretas para tu caso:

Las excusas más comunes, y por qué no se sostienen

«No hay disponibilidad de quirófano»

La falta de capacidad en su propia red es un problema de la EPS, no tuyo. Si su red no puede operarte a tiempo, está obligada a remitirte a otra IPS —dentro o fuera de su red— que sí pueda hacerlo.

«Falta un examen preoperatorio»

Ese examen también debe programarse con prioridad. Usarlo como excusa para aplazar la cirugía indefinidamente, sin una fecha concreta para ambos procedimientos, es precisamente el tipo de demora que la tutela existe para corregir.

«El especialista no tiene agenda disponible»

La EPS debe garantizar el acceso al especialista que tu cirugía requiere, dentro o fuera de su red habitual. La agenda interna de un médico no puede ser el límite de tu derecho a la salud.

«Debe esperar el próximo turno de programación»

Si ya te han aplazado más de una vez sin una fecha concreta, ese patrón de espera indefinida es, en sí mismo, la vulneración que puedes reclamar.

Qué hacer, paso a paso

  1. Pide constancia del aplazamiento Solicita por escrito la nueva fecha de tu cirugía, o la razón del aplazamiento. Si no te la dan, anota la fecha, la hora y el nombre de quien te atendió.
  2. Guarda absolutamente todo La orden de cirugía, la historia clínica, los radicados de programación, capturas del portal, correos y mensajes. Cada uno de esos documentos es una prueba.
  3. Cuenta cuántas veces te han aplazado Un solo aplazamiento con nueva fecha concreta puede ser razonable. Aplazamientos repetidos o sin fecha son la señal de que tu caso ya está listo para actuar.
  4. Presenta la acción de tutela Es un mecanismo rápido: el juez debe fallar en un máximo de 10 días hábiles. No necesita abogado por ley, pero sí necesita estar bien redactada — de eso depende en buena medida su efectividad.
Si el caso es urgente

Cuando hay riesgo para la vida o la salud es grave, en la tutela se puede pedir una medida provisional: una orden del juez para que la EPS programe y realice la cirugía de inmediato, sin esperar a que se decida todo el caso. No esperes a que se acumulen más aplazamientos si tu situación es delicada.

Qué necesitas para presentar la tutela

Si algo de esto te falta, no es motivo para no actuar. Casi siempre hay una forma de acreditar los hechos por otra vía.

Preguntas frecuentes

¿La EPS puede aplazar mi cirugía porque no hay quirófano?

No de forma indefinida. La falta de disponibilidad en su red es un problema de la EPS, y debe remitirte a otra IPS que sí pueda operarte a tiempo.

¿Cuánto tiempo es normal esperar una cirugía ya ordenada?

No hay un plazo único para todas las cirugías, pero una vez ordenada, la EPS debe programarla en un tiempo razonable según la urgencia. Aplazamientos repetidos sin fecha concreta son indicio de vulneración.

¿Necesito abogado para poner la tutela?

Por ley no es obligatorio: cualquier persona puede presentarla. Pero su efectividad depende de cómo se narren los hechos, qué derechos se invoquen y qué pruebas se aporten — y ahí es donde un abogado hace la diferencia.

¿Y si me aplazaron la cirugía solo de palabra?

Sirve igual. El aplazamiento se prueba por otros medios: la fecha de la orden médica, radicados, capturas del portal o el registro de tus llamadas. No necesitas una carta de aplazamiento para actuar.

¿Cuánto se demora el juez en decidir?

La tutela debe fallarse en un máximo de 10 días hábiles. Si se pide y se concede una medida provisional, la orden para programar tu cirugía puede llegar en cuestión de horas o pocos días.

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Otras situaciones que resolvemos

Esta guía es información general sobre derechos en salud y no constituye asesoría jurídica sobre un caso concreto ni garantiza ningún resultado judicial: solo el juez decide. Para que revisemos tu situación particular, escríbenos.